MAPA COMPARATIVO DE LA LEGISLACIÓN RELACIONADA CON LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

 Introducción:

La prospectiva ambiental nacional dentro del marco normativo vigente reconoce los derechos de la naturaleza a través de la Constitución de la República del Ecuador. El ordenamiento jurídico ambiental de la legislación ecuatoriana sostiene que la protección, preservación y conservación del medio ambiente paralelamente se encuentran cubiertas por un conjunto de leyes y reglamentos los cuales a continuación detallaremos.     

Por otra parte, es imperante destacar que aún determinando los derechos del buen vivir de la población ecuatoriana, la conexión que se pueda generar con temas de sostenibilidad y equilibrio medio ambiental garantizarán la protección, control y cuidado de la pacha mama, también denominada como “tierra madre”.

El presente ensayo se estructura considerando dos instancias, en primer lugar se aborda el desarrollo de la problemática recurrente en la cual se estiman características comparativas relacionadas con la legislación medioambiental ecuatoriana de protección. El apartado final, permite verter conclusiones respecto al trabajo comparativo que se ha desarrollado.

 

 Desarrollo:

Mapa Comparativo

 

 

 

Prospectiva Ambiental Nacional


El marco normativo ambiental vigente del Ecuador reconoce los derechos de la naturaleza por medio de convenios, acuerdos internacionales y la Constitución de la República del Ecuador del año 2008.

Por otra parte, la legislación ecuatoriana en materia medio ambiental demuestra que existe la presencia de un vasto conjunto de leyes y reglamentos que protegen, preservan y conversan el ambiente. Se expone la ordenanza de la Constitución de la República del Ecuador que se reformó en el año 1998.

 

Prospectiva Ambiental Nacional

En el artículo 14, capítulo 2 de los Derechos del buen vivir; se expone al ambiente sano y ecológicamente equilibrado como uno de los derechos que las personas tienen para vivir.   

En el artículo 3, se indica que uno de los principales deberes del Estado dicta la defensa del patrimonio natural y cultural del país. Esta trascendente razón ratifica el derecho que los ecuatorianos adquieren para vivir en un ambiente sin contaminación. 

Prospectiva Ambiental Nacional

La preservación de medio ambiente a través de la prospectiva ambiental nacional ha sido declarada como de interés público.

En el entorno nacional se establecen ordenanzas que buscan salvaguardar el estado del medio ambiente del Ecuador.

Prospectiva Ambiental Nacional


Los principios ambientales que el capítulo segundo del régimen del Buen Vivir sostienen son:
 
- El Estado garantizará la implementación de un modelo sustentable, equilibrado y respetuoso del ecosistema. 

- Cada una de las políticas medio ambientales se practicarán de forma transversal y tendrán cumplimiento obligatorio en todo el marco geográfico nacional.

- El Estado garantizará la participación activa y permanente de toda la población, respecto a la gestión que fomenta impacto ambiental positivo en el ecosistema nacional.

Detallaremos brevemente las regularizaciones más importantes de la época:

- Ley de Hidrocarburos; dicta la protección y el cuidado de las áreas operativas, además se contempla el cumplimiento de la normativa que busca proteger el medio ambiente.

- Ley de Petroecuador - Reglamento General; a través del Decreto Ejecutivo 935 se intenta regular las actividades petroleras del Ecuador.

- Ley de Parques Nacionales y Reservas.

- Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental y sus reglamentos; considerada como una de las herramientas legales de mayor envergadura cuando de hablar de prevención y control de contaminación se trata.

- Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre; prohíbe el uso la contaminación de las áreas naturales del Estado ecuatoriano.

 

Fuente y elaboración propia.


Conclusiones:

Una vez finalizado el proceso comparativo del actual tema de estudio, puedo ultimar que:

1.      Las prospectivas ambientales del Ecuador convergen en cuanto a su necesidad irrefutable de buscar la protección, preservación y conservación del medio ambiente nacional. Es evidente que el cambio de época en las ordenanzas promueve el cumplimiento acérrimo de las regularizaciones implementadas; sin embargo, son la actualización jurídicas las que permiten una convertibilidad ajustada a la realidad ambiental actual del país y la región.  

2.      Si bien es cierto, existen varios puntos regulatorios que se interconectan entre las Constituciones de la República del Ecuador de los años 2008 y 1998. No obstante; la actual carta magna expresa normas, leyes y decretos excepcionales que buscan conceder protección holística siempre relacionada con el cuidado y bienestar del medio ambiente de la nación.

3.      Finalmente; concluyo que una de las ordenanzas con las que más comparto se estableció en la reciente Constitución de la República, y manifiesta que será el Estado ecuatoriano quien garantizará la participación activa y constante de la población. La unión y el trabajo en sinergia sin duda promoverá el fortalecimiento estratégico del impacto medioambiental el cual auguro sea benéfico para nuestro ecosistema.

4.      La gestión ambiental es una responsabilidad de todos ya que la calidad de la vida depende de las condiciones ambientales en las que nos desarrollamos. Por este motivo, el Ministerio del Ambiente se encarga de recopilar información de carácter ambiental que funge como un instrumento que instruye a la población sobre los recursos naturales y la biodiversidad que posee el país (Marco Normativo Ambiental, 2011).

 

Bibliografía:

 

Marco Normativo Ambiental. (2011). Marco Normativo Ambiental en los Países de la CIER 2011 Sector Eléctrico—CIER. https://sites.google.com/site/marconormativoambiental/ecuador

 

 

 

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